Dólar turista: todo lo que tenés que saber

Actualización: Los gastos hechos antes de la sanción de la ley no llevarán el 30% extra. ¡Apúrense a comprar!
Finalmente, el Gobierno Nacional anunció el nuevo proyecto de ley PAIS (Para una Argentina más Inclusiva y Solidaria), el cual consiste en añadirle un 30% de impuesto a todas las operaciones realizadas en moneda extranjera, pasajes al exterior (ya sea en moneda extranjera o en pesos) y compra de divisas para atesoramiento, del cual surge el “dólar turista” del que todos hablan.
Se espera que mañana, miércoles 18/12, el proyecto tenga un dictamen a favor y el jueves 19/12 se trate en el recinto de la Cámara de Diputados. Una vez que aprobado, se lo llevará a la Cámara de Senadores, y si el dictamen es favorable, la Ley tomará vigencia.
El Artículo 32 del proyecto establece que, por 5 años a partir del día de vigencia de la ley, el impuesto aplicará a los siguientes movimientos:
a) Compra de pasajes y divisas en moneda extranjera (incluidos cheques de viajero).
b) Cambio de divisas que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y débito y cualquier otro medio de pago equivalente que determine la reglamentación, incluidas extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior y las compras online en moneda extranjera.
c) Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras destinadas al pago, por cuenta y orden del contratante residente en el país de servicios prestados por sujetos no residentes en el país.
d) Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país. El impuesto será cobrado por la agencia.
e) Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país. El impuesto será cobrado por la empresa de transporte.
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